la dgt tiene q devolver el dinero de las multas por llevar detector de radar
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la dgt tiene q devolver el dinero de las multas por llevar detector de radar
http://periodismodelmotor.com/condenan-dgt-devolver-puntos-detectores-radar
Una reciente sentencia dictada por el… Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Zamora ha estimado el recurso promovido por los servicios jurídicos de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), en defensa de uno de sus miembros, y “ha dejado sin efecto la sanción de multa de 150 € y la pérdida de dos puntos impuesta por llevar instalado un detector de radar con su antena en el vehículo”, por aplicación del principio constitucional de retroactividad de ley posterior más favorable, ya que desde el 25 de noviembre de 2009 este hecho dejó de considerarse una infracción.
Los hechos ahora enjuiciados –y resueltos favorablemente para el automovilista sancionado- se remontan al mes de enero de 2009 en el que una patrulla de la Guardia Civil detectó en la A-6, a su paso por la provincia de Zamora, un vehículo que “llevaba instalado un mecanismo o sistema encaminado a eludir la vigilancia del tráfico”, en concreto un “detector radar con su antena que detectaba la banda KA 6FMR de Multanova”.
A pesar de que nunca quedó demostrado el uso de dicho sistema, la Jefatura Provincial de Tráfico de Zamora impuso una sanción de 150 € y la detracción de 2 puntos, que fue confirmada posteriormente por el Director General de Tráfico, señor Pere Navarro, el 5 de agosto de 2010, cuando ya habían transcurido nueve meses desde que la nueva Ley de Seguridad Vial dejó de considerar infracción el uso de los detectores de radar.
Contra dicha decisión los servicios jurídicos de AEA promovieron el oportuno recurso ante los tribunales que ahora han fallado favorablemente a favor del conductor afectado anulando la sanción de 150 € y devolviéndole los 2 puntos que le fueron restados de su saldo. Contra dicha resolución judicial no cabe apelación.
El asunto de los detectores de radar ha estado siempre rodeado de polémica. Todavía se recuerda las declaraciónes del director general de Tráfico, Pere Navarro, que en junio de 2010 al reconocer que los detectores de radar estaban en un “limbo” legal y, por tanto, no se podía multar por utilizarlos, dijo que usarlos era “chungo”.
Sin embargo, para el presidente de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), Mario Arnaldo, “Lo chungo es que desde la propia Dirección General de Tráfico se estén vulnerando los derechos fundamentales de los automovilistas con contumacia. Sobre este asunto, yo personalmente he mantenido reuniones con altos ejecutivos de la DGT y a pesar de tener claro que los detectores de radar dejaron de estar prohibidos, con manifiesto desprecio por la ley han mantenido las sanciones.”
Sin embargo la justicia ha puesto las cosas en su sitio y ha admitido íntegramente los argumentos esgrimidos por los servicios jurídicos de AEA. Así la sentencia ha tenido en cuenta que con la modificación de la Ley de Tráfico en materia sancionadora introducida por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, el hecho que motivó la sanción -circular llevando instalados detectores de radar- dejó de constituir una infracción y, además fue uno de los supuestos que dejaron de detraer puntos. Con dicha reforma legal se redujeron de 27 a 19 los supuestos de pérdida de puntos.
100.000 multas deben ser canceladas
Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “la sentencia del Juzgado de Zamora constituye un otro importante precedente judicial y pone en evidencia, una vez más, la ilegal actuación de la DGT frente a los legítimos derechos de los ciudadanos, que son reiteradamente conculcados.”
Según estimaciones de AEA, existen aproximadamente unos cien mil casos en los que la DGT tenía que haber anulado las sanciones por aplicación del principio constitucional de “retroactividad de ley sancionadora más favorable” y no lo ha hecho. En las próximas semanas vamos a solicitar al nuevo Ministro del Interior que se nombre en el nuevo gobierno que se haga una revisión de las sanciones impuestas en los últimos tres años, a fin de que se depuren y corrijan las numerosas irregularidades llevadas a cabo durante estos años por la DGT.
Una reciente sentencia dictada por el… Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Zamora ha estimado el recurso promovido por los servicios jurídicos de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), en defensa de uno de sus miembros, y “ha dejado sin efecto la sanción de multa de 150 € y la pérdida de dos puntos impuesta por llevar instalado un detector de radar con su antena en el vehículo”, por aplicación del principio constitucional de retroactividad de ley posterior más favorable, ya que desde el 25 de noviembre de 2009 este hecho dejó de considerarse una infracción.
Los hechos ahora enjuiciados –y resueltos favorablemente para el automovilista sancionado- se remontan al mes de enero de 2009 en el que una patrulla de la Guardia Civil detectó en la A-6, a su paso por la provincia de Zamora, un vehículo que “llevaba instalado un mecanismo o sistema encaminado a eludir la vigilancia del tráfico”, en concreto un “detector radar con su antena que detectaba la banda KA 6FMR de Multanova”.
A pesar de que nunca quedó demostrado el uso de dicho sistema, la Jefatura Provincial de Tráfico de Zamora impuso una sanción de 150 € y la detracción de 2 puntos, que fue confirmada posteriormente por el Director General de Tráfico, señor Pere Navarro, el 5 de agosto de 2010, cuando ya habían transcurido nueve meses desde que la nueva Ley de Seguridad Vial dejó de considerar infracción el uso de los detectores de radar.
Contra dicha decisión los servicios jurídicos de AEA promovieron el oportuno recurso ante los tribunales que ahora han fallado favorablemente a favor del conductor afectado anulando la sanción de 150 € y devolviéndole los 2 puntos que le fueron restados de su saldo. Contra dicha resolución judicial no cabe apelación.
El asunto de los detectores de radar ha estado siempre rodeado de polémica. Todavía se recuerda las declaraciónes del director general de Tráfico, Pere Navarro, que en junio de 2010 al reconocer que los detectores de radar estaban en un “limbo” legal y, por tanto, no se podía multar por utilizarlos, dijo que usarlos era “chungo”.
Sin embargo, para el presidente de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), Mario Arnaldo, “Lo chungo es que desde la propia Dirección General de Tráfico se estén vulnerando los derechos fundamentales de los automovilistas con contumacia. Sobre este asunto, yo personalmente he mantenido reuniones con altos ejecutivos de la DGT y a pesar de tener claro que los detectores de radar dejaron de estar prohibidos, con manifiesto desprecio por la ley han mantenido las sanciones.”
Sin embargo la justicia ha puesto las cosas en su sitio y ha admitido íntegramente los argumentos esgrimidos por los servicios jurídicos de AEA. Así la sentencia ha tenido en cuenta que con la modificación de la Ley de Tráfico en materia sancionadora introducida por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, el hecho que motivó la sanción -circular llevando instalados detectores de radar- dejó de constituir una infracción y, además fue uno de los supuestos que dejaron de detraer puntos. Con dicha reforma legal se redujeron de 27 a 19 los supuestos de pérdida de puntos.
100.000 multas deben ser canceladas
Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “la sentencia del Juzgado de Zamora constituye un otro importante precedente judicial y pone en evidencia, una vez más, la ilegal actuación de la DGT frente a los legítimos derechos de los ciudadanos, que son reiteradamente conculcados.”
Según estimaciones de AEA, existen aproximadamente unos cien mil casos en los que la DGT tenía que haber anulado las sanciones por aplicación del principio constitucional de “retroactividad de ley sancionadora más favorable” y no lo ha hecho. En las próximas semanas vamos a solicitar al nuevo Ministro del Interior que se nombre en el nuevo gobierno que se haga una revisión de las sanciones impuestas en los últimos tres años, a fin de que se depuren y corrijan las numerosas irregularidades llevadas a cabo durante estos años por la DGT.
gizzmo- Miembro Honorario
- Vehículo : IS 220d SPORT cambio 3.2 Mensajes : 4688
Fecha de inscripción : 30/10/2010
Localización : Arousa Vice
Re: la dgt tiene q devolver el dinero de las multas por llevar detector de radar
Buena noticia. Que se jodan. Pero bueno siempre tiene su parte mala. Como devuelvan todas esas multas las van a querer recuperar por otro lado asique....
Re: la dgt tiene q devolver el dinero de las multas por llevar detector de radar
si la denuncia ya ha sido pagada y se ha terminado el proceso administrativo (ya que según la anterior ley pagar no queria decir que finalizase el proceso) no cabe que la DGT devuelva dinero alguno. Los únicos casos son los que quedasen pendientes, de todos modos... lo que dictamine un juzgado de lo contencioso no crea jurisprudencia (aunque cualquier tribunal diria lo mismo puesto está muy claro..) asique la única manera de que a uno le devuelvan el dinero es habiendo recurrido la multa en su momento, antes de la modificación de la ley y en los períodos adecuados!
import- Forista PRO
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Re: la dgt tiene q devolver el dinero de las multas por llevar detector de radar
Devolver dinero en este pais?? jajajjajajajaa
DEMAKRULER- Socio de DRIFTGALICIA
- Vehículo : Golf GTi mk III ///M e36 Convertible GSXR 600 K6 Mensajes : 1287
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Re: la dgt tiene q devolver el dinero de las multas por llevar detector de radar
Hablan que se puede recurrir por una lei retroactiva en la que si podria reclamarse esto ya que esas multas fueron echas con esa lei ya impuesta
Re: la dgt tiene q devolver el dinero de las multas por llevar detector de radar
los guardias son tan burros que no saben ni como estan las leyes en la actualidad, hay cada uno.... en fin.
ARC325- Miembro Honorario
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